ESCUDOS DE LAS AUTONOMIAS ESPAÑOLAS / SHIELDS OF THE SPANISH AUTONOMIES CALENDARIOS DE BOLSILLO





         ESCUDOS DE LAS AUTOMONIAS DE ESPAÑA







                         

                Una comunidad autónoma es una entidad territorial que, dentro del ordenamiento constitucional de España, está dotada de autonomía legislativa y competencias ejecutivas, así como de la facultad de administrarse mediante sus propios representantes.
      La estructura de España en comunidades autónomas se recoge en la Constitución española de 1978. El artículo 2 reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las regiones y nacionalidades que componen la Nación. El texto de la Constitución establece los poderes que pueden ser asumidos por las comunidades autónomas y aquellos que sólo se le pueden atribuir al Estado. En cambio el mapa autonómico de España es fruto de los Pactos Autonómicos 1981 y 1992, nunca refrendados ni llevados a las Cortes.
     La división política y administrativa de España tiene la forma de diecisiete comunidades autónomas, además de Ceuta y Melilla cuyos estatutos de autonomía les otorgan el rango de ciudades autónomas. Pese a que Navarra se constituye como comunidad foral entendiendo que su actual autogobierno emana de la Ley Paccionada de 1841 y del amparo a los derechos históricos consagrado por la Constitución, a efectos prácticos la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha equiparado el estatus de Navarra al del resto de las comunidades autónomas.





























                                                            CIUDADES AUTÓNOMAS

                                                                            CEUTA


                                                                          MELILLA





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